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Ley 6/2024. Simplificación administrativa Comunidad Valenciana

Hoy se ha publicado en el BOE la LEY 6/2024, de 5 de diciembre, de la Generalitat, de simplificación administrativa, una norma clave que consolida y eleva a rango de ley el Decreto-ley 7/2024, de 9 de julio, del Consell, que ya os avanzamos el pasado mes de julio. Además, la Ley introduce otros preceptos menores en distintos ámbitos sectoriales.

¿A quién interesa?
  • Instaladores y EPECISTAS con intereses en la Comunidad Valenciana.
Principales medidas del Decreto-ley 7/2024

Esta normativa supone una reforma profunda de la política renovable y de los procedimientos administrativos en la Comunidad Valenciana, con especial impacto en la tramitación de proyectos energéticos. Entre los cambios más relevantes destacan:

  • Modificación del Decreto-ley 14/2020 para acelerar la implantación de renovables:
    • Se definen instalaciones de almacenamiento energético “stand-alone” y se amplían las definiciones de eólica y fotovoltaica.
    • Se eleva hasta el 10% la ocupación máxima de suelo no urbanizable por plantas fotovoltaicas en cada municipio.
    • Se eliminan restricciones para instalar fotovoltaicas en suelos de alta capacidad agrológica y se prioriza la implantación en suelos agrarios abandonados o poco productivos.
    • Prohibición a los ayuntamientos de suspender licencias que afecten a proyectos renovables, y simplificación de los requisitos para el autoconsumo doméstico en suelo no urbanizable.
    • Se elimina la distancia mínima de 500 metros respecto a bienes de relevancia local para proyectos fotovoltaicos.
    • Se flexibilizan los criterios energéticos para el diseño de centrales fotovoltaicas y se autoriza el uso de suelo no urbanizable para plantas de biogás y biomasa.
  • Modificación del Decreto 88/2005 sobre procedimientos de autorización de instalaciones:
    • Se amplía la exclusión para infraestructuras eléctricas de estaciones de recarga de vehículos eléctricos de potencia superior a 3 MW.
    • Instalaciones de producción de menos de 500 kW, modificaciones no sustanciales, y acometidas de hasta 30 kV solo requerirán autorización de explotación, eliminando la necesidad de autorizaciones previas y de construcción.
    • Se redefine el inicio de los plazos administrativos, que contarán desde la fecha de registro de la solicitud o su admisión a trámite.
    • Reducción y eliminación de documentación en los trámites de aprobación y explotación.
    • Simplificación de los trámites de transmisión y desmontaje de instalaciones eléctricas.
Objetivo y alcance

La Ley 6/2024 y el Decreto-ley 7/2024 buscan facilitar el acceso y ejercicio de actividades productivas, atraer inversiones y simplificar los trámites, dotando de mayor agilidad y seguridad jurídica a los proyectos energéticos y al tejido empresarial valenciano. La norma impulsa la modernización administrativa, la digitalización y la coordinación entre administraciones, reduciendo cargas y plazos para empresas y ciudadanos.

Enlaces de interés:

Para más información o aclaraciones, contacta con el equipo de Haz Energía.

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