Andalucía publica la Instrucción 1/2025 sobre energías renovables en suelo rústico
Esta mañana se ha publicado en el portal de la Junta de Andalucía la “Instrucción 1/2025 sobre la implantación en suelo rústico de actuaciones vinculadas a energías renovables”, una medida clave para promotores e instaladores interesados en el desarrollo de proyectos renovables en la comunidad.
¿A quién interesa?
- Promotores e instaladores de energías renovables con intereses en Andalucía
- Empresas y profesionales del sector energético y urbanístico
Principales aspectos de la Instrucción 1/2025
Energías renovables como uso ordinario
- Los usos vinculados a energías renovables pasan a considerarse usos ordinarios en suelo rústico común, lo que simplifica su tramitación y los equipara a otras actividades tradicionales del campo andaluz.
- Las obras, construcciones, infraestructuras e instalaciones necesarias para el funcionamiento de estas actividades también se consideran actuaciones ordinarias.
- El almacenamiento de energía se integra como actuación ordinaria siempre que esté directamente vinculado a una infraestructura de generación renovable y destinado a almacenar la energía generada. Los sistemas de almacenamiento independientes (“stand alone”) se considerarán actuaciones extraordinarias.
Licencias y autorizaciones
- Las nuevas edificaciones e instalaciones en suelo rústico requieren licencia urbanística.
- Si una infraestructura renovable abarca varias categorías de suelo rústico, el conjunto será considerado como actuación extraordinaria y se someterá a una única autorización sectorial, ambiental y urbanística para garantizar coherencia y viabilidad del proyecto.
- Se consideran de incidencia territorial las infraestructuras renovables que ocupen más de 150 hectáreas o estén a menos de 3 km de asentamientos o de otras infraestructuras similares, lo que implica una evaluación específica.
- Para agilizar trámites, el informe de incidencia territorial se emitirá una sola vez y antes de la primera autorización. Si no se ha emitido previamente, se incorporará al procedimiento municipal correspondiente, según el tipo de actuación.
Biocarburantes e hidrógeno verde
- Las actividades industriales de producción de combustibles renovables (biomasa, biogás, hidrógeno verde) se consideran actuaciones extraordinarias y, por tanto, requieren tramitación específica.
- Excepcionalmente, podrán considerarse actuaciones ordinarias aquellas instalaciones complementarias vinculadas a una actuación ordinaria existente y que contribuyan a una mejor gestión de residuos generados en la misma.
- En general, estas actividades industriales tendrán incidencia en la ordenación del territorio.
Contexto normativo
La Instrucción 1/2025 desarrolla la Ley 7/2021 de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA) y su Reglamento General, simplificando el marco jurídico y reforzando la seguridad en los procedimientos urbanísticos. El objetivo es facilitar la implantación de energías renovables en suelo rústico, agilizando trámites y clarificando las condiciones para los distintos tipos de actuaciones.
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