EVE: Programa de ayudas a la generación eléctrica para autoconsumo y la electrificación de los consumos térmicos mediante energías renovables
El Ente Vasco de la Energía (EVE) mantiene abierto el programa de ayudas a la generación eléctrica para autoconsumo y a la electrificación de consumos térmicos. A punto de cumplirse cinco meses desde su lanzamiento, resumimos el estado del programa, los requisitos esenciales y buenas prácticas para tramitar con éxito. (EVE)
Estado del programa (a septiembre de 2025)
- Potencia eléctrica prevista: 150 MW · Aceptados: 23,54 MW
- Potencia térmica prevista: 100 MW · Aceptados: 3,9 MW
Estos datos proceden del panel de evolución publicado por EVE para el seguimiento del programa.
Ventana, dotación y modalidad
- Plazo de solicitudes: del 09/05/2025 al 30/09/2026 (o hasta agotar presupuesto).
- Dotación total: 80 M€ (60 M€ para eléctrica y 20 M€ para térmica).
- Régimen de concesión: concurrencia sucesiva (orden de llegada).
- Tipo de ayuda: subvención a fondo perdido (no préstamos).
¿Quién puede solicitar?
- Particulares sin actividad económica, empresas y autónomos, sector público y comunidades (de propietarios y energéticas).
- Incluye autoridades portuarias ubicadas en la CAE.
Actuaciones subvencionables
- Autoconsumo eléctrico con FV y eólica (individual, colectiva o aislada).
- Electrificación de consumos térmicos mediante bombas de calor (aerotermia, geotermia con sondeos verticales, e hidrotermia) para climatización y/o ACS.
Actuaciones complementarias destacadas
- Retirada de amianto en cubiertas y marquesinas tipo cubierta de aparcamiento, cuando estén ligadas a la actuación principal (declaración responsable específica).
- Almacenamiento detrás del contador asociado a la instalación de generación (documentación y declaración responsable específicas).
Reglas y requisitos clave
- Efecto incentivador para todos los solicitantes: cualquier compromiso en firme (aceptación de presupuesto, pedido, contrato, factura o pago) debe ser posterior a la fecha de solicitud. Si la aceptación es del mismo día, la ayuda se deniega.
- Cobertura del 80%: en autoconsumo eléctrico, se declara que, en cómputo anual, la energía consumida por los asociados sea ≥ 80% de la energía generada.
- Monitorización: en autoconsumo eléctrico conectado a red, hay que acreditar un sistema de monitorización con energía diaria, mensual y anual producida.
- Plazos de ejecución y justificación: hasta 12 meses desde la concesión y nunca más tarde del 30/12/2027.
- Compatibilidad de ayudas: empresas bajo RGEC 651/2014; resto de beneficiarios hasta el 80% del coste subvencionable sumando ayudas.
Consejos prácticos para no quedarse fuera
- Registrar la solicitud antes de firmar cualquier aceptación de presupuesto. Evita “fechas espejo” solicitud/aceptación el mismo día.
- Prepara la documentación que EVE lista (declaraciones responsables: 80% y monitorización, retirada de amianto/marquesinas, almacenamiento cuando aplique).
- Dimensiona bien para cumplir el 80% y adjunta una memoria técnica clara (especialmente en ampliaciones de instalaciones existentes).
- Revisa compatibilidades si combinas esta ayuda con otras líneas (límites RGEC / 80%).
¿Por qué es relevante?
El programa impulsa miles de actuaciones en Euskadi, acelerando la descarbonización del consumo final: autoconsumo FV/eólico reduce la energía importada de la red y la bomba de calor desplaza combustibles fósiles en climatización y ACS. La señal presupuestaria (80 M€) y la ventana bianual permiten planificar proyectos residenciales, industriales y públicos con visibilidad y reglas claras.
¿Necesitas apoyo para solicitar la ayuda?
En Haz Energía te acompañamos de punta a punta: viabilidad técnica y económica, preparación de memoria, documentación y tramitación hasta la justificación. contacto@hazenergia.es · Indícanos CUPS, tipología de actuación y plazos deseados.
Fuentes: portal oficial del EVE (ficha del programa, documentación y plazos) y FAQs oficiales del programa (monitorización, almacenamiento, amianto, efecto incentivador). (EVE)

