Ley 9/2025 sobre movilidad sostenible
Nueva Ley de Movilidad Sostenible: impulso al autoconsumo y a la infraestructura de recarga eléctrica
El pasado viernes 5 de diciembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible. Esta normativa supone un paso más hacia la transición energética y la descarbonización, con medidas que afectan directamente al sector del autoconsumo eléctrico y al despliegue de puntos de recarga para vehículos eléctricos.
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¿A quién interesa?
- Autoconsumidores, que ahora cuentan con nuevas posibilidades de configuración.
- Instaladores y operadores de puntos de recarga, que se beneficiarán de una reducción en los trámites administrativos y de una mejor planificación de las infraestructuras.
Principales novedades de la Ley 9/2025
Autoconsumo: más flexibilidad para los consumidores
La ley introduce una modificación relevante (disposición final decimoséptima): los consumidores podrán asociarse simultáneamente a dos modalidades de autoconsumo:
- Autoconsumo individual sin excedentes.
- Autoconsumo compartido a través de red.
Esta posibilidad, ya contemplada en el borrador del nuevo Real Decreto de Autoconsumo, supone una mayor optimización del consumo energético y una mejor integración de la generación renovable en la red.
Puntos de recarga: menos trabas y más coordinación
Se eliminan las autorizaciones administrativas para las infraestructuras eléctricas de puntos de recarga que no requieran ni Evaluación de Impacto Ambiental ni Declaración de Utilidad Pública.
Además, las instalaciones de potencia superior a 3MW y con ámbito territorial que exceda una comunidad autónoma serán competencia de la Administración General del Estado y se considerarán de utilidad pública.
Mapas e información en tiempo real
La norma refuerza el acceso público a la información sobre la red de recarga:
- Se publicarán datos de localización y funcionamiento de las estaciones, en tiempo real.
- El MITECO elaborará un mapa de capacidad de la red eléctrica, donde se identificarán líneas, centros de transformación y zonas con mayor potencial para la instalación de nuevos puntos.
- En un plazo máximo de seis meses, las distribuidoras deberán proporcionar al ministerio la información necesaria sobre la capacidad y características de la red en las ubicaciones habilitadas.
Esta ley consolida el camino hacia una movilidad más limpia y conectada, con un marco regulatorio que impulsa tanto el autoconsumo como la electrificación del transporte. Desde Haz Energía, seguiremos atentos a su desarrollo para acompañarte en la adaptación a la nueva normativa y en el aprovechamiento de sus oportunidades.
