Orden TED/535/2025: Subvenciones para almacenamiento
Publicadas las bases reguladoras para nuevas ayudas a proyectos de almacenamiento energético
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha publicado la Orden TED/535/2025, que establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a fomentar proyectos innovadores de almacenamiento energético, susceptibles de ser cofinanciados con fondos europeos. Estas ayudas se canalizarán posteriormente a través de convocatorias gestionadas por las comunidades autónomas.
Actuaciones subvencionables
Podrán optar a estas ayudas los proyectos que cumplan con una serie de requisitos técnicos y de potencia mínima, concretamente a partir de 1 MW. Las tipologías de actuación subvencionables incluyen:
- Sistemas de almacenamiento “stand alone” conectados a redes eléctricas, estén o no asociados a consumos eléctricos.
- Sistemas de almacenamiento por bombeo, tanto de nueva construcción como aquellos ejecutados sobre infraestructuras preexistentes.
- Sistemas de almacenamiento hibridados con instalaciones de generación renovable, sean estas existentes o de nueva instalación. Esta categoría incluye expresamente instalaciones de autoconsumo.
- Sistemas de almacenamiento térmico, ya sean tecnologías de “power to power” (P2P) o “power to heat” (P2H).
Beneficiarios y condiciones de elegibilidad
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas personas jurídicas, tanto públicas como privadas. Además, la normativa permite el cambio de beneficiario siempre que esté debidamente justificado y se cumplan los requisitos establecidos.
Es importante tener en cuenta que las actuaciones deberán haberse iniciado con posterioridad al 9 de marzo de 2023, y que el plazo de ejecución no podrá superar los 36 meses desde la resolución de concesión, con el límite máximo fijado en el 31 de diciembre de 2029.
Criterios de valoración y financiación
La concesión de las ayudas se realizará bajo régimen de concurrencia competitiva, por lo que la selección de proyectos se basará en una puntuación determinada por diversos criterios, entre ellos:
- La reducción del precio solicitado con respecto al máximo subvencionable (hasta 70 puntos).
- El grado de avance del proyecto (hasta 10 puntos).
- Los beneficios socioeconómicos y otras externalidades positivas generadas por la actuación (hasta 17 puntos).
- El grado de innovación del proyecto (hasta 3 puntos).
La intensidad de ayuda se definirá en cada convocatoria autonómica y podrá oscilar, en función del tipo de beneficiario y la localización del proyecto, entre el 40 % y el 85 % del coste subvencionable. Asimismo, será necesario aportar una garantía del 2 % del importe de la ayuda solicitada en el momento de presentar la solicitud.
Vigencia de las bases
Estas bases reguladoras estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2025, por lo que se prevé la publicación de varias convocatorias durante este periodo, cada una de ellas con sus propios plazos y requisitos específicos.