Puntos de recarga para empresas: cómo se legalizan y cómo combinarlos con placas solares
Instalar puntos de recarga para empresas es cada vez más habitual: flotas de reparto, comercios que quieren atraer clientes, hoteles, talleres o empresas que ofrecen carga a sus empleados. Y si ya tienes o vas a instalar placas solares, hay un argumento claro: cargar con la energía que produces es la forma más barata de recargar. Pero un punto de recarga es una instalación eléctrica que hay que diseñar y legalizar, y la conexión con las placas hay que pensarla desde el principio.
Por qué combinar solar y recarga en un negocio
- Cargas cuando hay sol. Un vehículo que se carga de día, como el de clientes, empleados o una flota con parada diurna, consume la energía de tus placas en lugar de comprarla a la red.
- Más autoconsumo. Un cargador es una carga flexible: se puede programar para que cargue cuando hay más producción, lo que aumenta el autoconsumo directo (lo explicamos en nuestra guía de autoconsumo fotovoltaico para pymes).
- Si cargas de noche, el panorama cambia. Una flota que carga por la noche no aprovecha la producción solar, salvo que se combine con baterías (lo vemos en baterías para autoconsumo fotovoltaico).
Cómo se legalizan los puntos de recarga para empresas
La infraestructura de recarga se rige por la ITC-BT-52 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. La guía de puntos de recarga de la Junta de Andalucía, que aplica la ITC-BT-04, indica lo siguiente (los umbrales pueden variar según la comunidad autónoma):
Proyecto o memoria técnica
- Hace falta proyecto si la infraestructura supera los 50 kW, si es exterior y supera los 10 kW, o si hay estaciones de recarga en modo 4 (carga rápida en corriente continua), sea cual sea la potencia.
- En el resto de casos basta una memoria técnica de diseño, que redacta una empresa instaladora de la categoría correspondiente o un técnico titulado competente.
Certificado, inspección y registro
- La empresa instaladora emite el certificado de instalación eléctrica tras ejecutar y verificar la instalación. Si los puntos tienen contador y CUPS propios, hace falta un certificado separado.
- La inspección inicial por un organismo de control es obligatoria antes de la puesta en marcha en las instalaciones que requieren proyecto, y se repite cada cinco años. Sin proyecto no hay inspección inicial ni periódica, pero el instalador siempre debe hacer la verificación inicial.
- La instalación se registra en la comunidad autónoma mediante la comunicación de puesta en marcha.
En aparcamientos de acceso público
Si el punto de recarga está en un local de pública concurrencia, como un aparcamiento de un centro comercial, la guía andaluza indica que se requiere proyecto, dirección facultativa, inspección inicial y periódicas y registro. Por eso conviene consultarlo antes de dar nada por hecho.
Trámites que no se ven a primera vista
- La distribuidora. Hay que comprobar si la red tiene capacidad para la potencia que quieres. Un aumento de potencia puede requerir modificar el contrato, y las limitaciones de la red pueden condicionar el calendario del proyecto.
- El ayuntamiento. Si hay obras (canalizaciones, señalización, trabajos en el exterior), puede pedirse comunicación previa o licencia de obra.
- La potencia por punto. La guía de i-DE, la distribuidora, indica que la potencia de cálculo reglamentaria es de 3.680 W por punto, pero recomienda dimensionar a 7.360 W monofásico o 11.084 W trifásico. Con un sistema de gestión de carga el factor de simultaneidad es 0,3, y sin él es 1, lo que cambia mucho la potencia que necesitas.
- La seguridad. La instalación necesita protección diferencial tipo A, protección contra sobretensiones, buena puesta a tierra y protección contra impactos de vehículos donde haya riesgo.
La Ley 9/2025 de movilidad sostenible elimina además las autorizaciones administrativas para la infraestructura eléctrica de recarga que no necesite evaluación ambiental ni declaración de utilidad pública; puedes ver el resumen en nuestro artículo sobre la Ley 9/2025 sobre movilidad sostenible.
La conexión con las placas: lo que hay que decidir al principio
El esquema de conexión del cargador determina si la energía solar llega directamente al punto de recarga o si este tiene su propio suministro. Si se proyectan por separado, puede ser difícil aprovechar la instalación fotovoltaica. Y si añades una instalación solar a una que ya existe o amplías la potencia, se tramita como modificación; lo explicamos en nuestra guía para ampliar una instalación fotovoltaica.
Qué tipo de negocio eres y qué te conviene
- Flota propia: importa la gestión de la potencia y programar la carga en horas de sol o en valle.
- Comercio u hotel: importa ofrecer carga a clientes; hay que decidir si es gratis, de pago, y cómo se gestiona el acceso.
- Aparcamiento de uso público: más exigencias de legalización y permisos.
Antes de contratar, comprueba también si hay ayudas vigentes en tu comunidad autónoma para instalar puntos de recarga. Su disponibilidad cambia con las convocatorias.
Preguntas frecuentes
¿Qué documentación necesita un punto de recarga en una empresa?
Según la guía de puntos de recarga de la Junta de Andalucía, que aplica la ITC-BT-04 del REBT, hace falta proyecto si la infraestructura supera los 50 kW, si es exterior y supera los 10 kW o si hay estaciones en modo 4. En el resto de casos basta una memoria técnica de diseño. En ambos casos la empresa instaladora emite el certificado de instalación eléctrica y se registra en la comunidad autónoma. Los umbrales pueden variar, así que confírmalos con tu comunidad.
¿Hay que hacer inspección de un punto de recarga?
Según esa misma guía, la inspección inicial por un organismo de control es obligatoria para las instalaciones que requieren proyecto, y se repite cada cinco años. Si solo se necesita memoria técnica, no hay inspección inicial ni periódica, pero el instalador debe hacer siempre la verificación inicial.
¿Se puede alimentar un punto de recarga con mis placas solares?
Sí. Si el cargador está conectado a la red interior de tu negocio, consume en primer lugar lo que producen las placas. Si el punto de recarga tiene su propio contador y suministro, hay que diseñar la conexión con la instalación solar para que pueda aprovecharla. Por eso conviene proyectar ambas cosas a la vez.
¿Necesito más potencia contratada para instalar cargadores?
Depende de cuántos puntos pongas y de si cargan a la vez. Un sistema de gestión de carga limita la potencia total simultánea y permite instalar más cargadores sin aumentar tanto la potencia. La distribuidora también puede condicionar el proyecto según la capacidad de la red.
¿Quieres instalar cargadores en tu negocio?
Cuéntanos cuántos puntos quieres, qué potencia tienes contratada y si ya tienes placas solares. Te decimos qué documentación hace falta y cómo conectar todo. Puedes ver nuestro servicio de tramitación y legalización. Contacta con nosotros.
Este artículo es orientativo y no sustituye a un estudio de tu caso; los requisitos pueden variar según la comunidad autónoma.

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