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Memoria técnica o proyecto fotovoltaico: cuál necesita tu pyme

Si tienes una nave, un comercio o un pequeño negocio y vas a instalar placas solares, antes de empezar te preguntarán si hace falta una memoria técnica o proyecto fotovoltaico. No es un detalle menor: cambia quién puede firmar, cuánto cuesta el papeleo y cuánto tarda la legalización.

Somos una ingeniería y tramitadora fotovoltaica y redactamos ambos documentos para pymes y particulares. Si aún estás valorando si te conviene, empieza por nuestra guía sobre autoconsumo fotovoltaico para pymes.

La respuesta corta

  • Memoria técnica de diseño : para instalaciones nuevas, ampliaciones o modificaciones que no están obligadas a llevar proyecto. En fotovoltaica, lo habitual es hasta 10 kW.
  • Proyecto técnico: cuando la potencia o el tipo de instalación lo exigen. En fotovoltaica, lo habitual es por encima de 10 kW.

Es una regla práctica, no una ley universal. El límite sale de la ITC-BT-04 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y cada comunidad autónoma aplica sus propios modelos y requisitos.

Qué dice la norma

La ITC-BT-04 establece qué instalaciones necesitan proyecto. Para lo que nos interesa:

  • Los generadores y convertidores de más de 10 kW requieren proyecto.
  • Las industrias en general lo requieren por encima de 20 kW de potencia prevista.
  • Los locales de pública concurrencia lo requieren siempre, sin límite de potencia.
  • Los locales mojados, húmedos o con riesgo de incendio o explosión tienen sus propios criterios.
  • Todo lo que no entra en esos grupos se documenta con memoria técnica de diseño, sobre el modelo oficial de la comunidad autónoma.

Por eso la pregunta no es solo «cuántos kW de placas», sino también qué tipo de local es y cuál es la potencia de toda su instalación eléctrica.

Memoria técnica de diseño

  • Se presenta en el modelo oficial de la comunidad autónoma.
  • La firma la empresa instaladora de la categoría correspondiente o un técnico titulado competente.
  • Incluye los datos de la instalación y los cálculos justificativos.
  • Es más rápida y barata que un proyecto.

Proyecto técnico

  • Lo redacta y firma un técnico titulado competente (ingeniero o ingeniero técnico).
  • Se ejecuta bajo la dirección de un técnico titulado, que al terminar emite el certificado final de obra.
  • Algunas comunidades exigen que esté visado o acompañado de una declaración responsable del técnico.
  • Incluye memoria, cálculos, planos, pliego de condiciones y presupuesto, y también el estudio de seguridad y salud cuando corresponde.

Casos típicos de pyme

  • Comercio o taller con 8 kW de placas: lo normal es memoria técnica, salvo que el local tenga una característica que exija proyecto (pública concurrencia, riesgo de incendio…).
  • Nave industrial con 30 kW:
  • Local de pública concurrencia (restaurante, gimnasio…): proyecto, aunque la instalación solar sea pequeña, si la instalación eléctrica lo exige.
  • Ampliación de una instalación existente: puede requerir proyecto aunque la parte nueva sea pequeña. Si no alcanzaba el límite pero lo supera con la ampliación, o si ya había proyecto y las ampliaciones suman más del 50 % de la potencia prevista, hace falta proyecto. Lo detallamos en ampliar una instalación fotovoltaica.
  • Instalación con puntos de recarga: las infraestructuras de recarga tienen sus propios umbrales. Los vemos en puntos de recarga para empresas.

Qué más se pide además de la memoria o el proyecto

Según la comunidad autónoma, la tramitación del autoconsumo suele incluir:

  • Certificado de instalación o certificado final de obra.
  • Esquema unifilar, planos de ubicación y de planta, y cálculos del circuito de alterna del inversor.
  • Fichas técnicas de módulos, inversor y, si los hay, baterías y sistema antivertido.
  • Permiso de acceso y conexión, si la instalación tiene excedentes y supera ciertos umbrales (más de 15 kW o suelo no urbanizado).
  • Certificado de inspección de un organismo de control, en instalaciones por encima de cierta potencia. Como ejemplo, Asturias lo pide por encima de 25 kW de potencia fotovoltaica; otras comunidades fijan umbrales distintos.

La lista completa depende de tu comunidad. Si ya tienes la instalación hecha y te falta documentación, revisa cómo legalizar una instalación fotovoltaica.

Por qué importa elegir bien

  • Un documento insuficiente hace que la administración pida subsanación y se retrase el alta. Si ya estás en esa situación, lee qué hacer ante un retraso en el alta.
  • Un proyecto innecesario encarece el trámite sin aportar nada.
  • Un diseño bien hecho desde el principio evita sorpresas en la inspección y con la distribuidora.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre una memoria técnica de diseño y un proyecto?

La memoria técnica de diseño  es un documento más sencillo, en modelo oficial de cada comunidad autónoma, que puede firmar la empresa instaladora o un técnico titulado competente. El proyecto lo redacta y firma un técnico titulado competente, es más detallado y requiere dirección de obra. Cuál hace falta depende de la potencia y del tipo de instalación.

¿A partir de qué potencia se necesita proyecto para placas solares?

Como referencia, los generadores y convertidores de más de 10 kW, en los grupos que recoge la ITC-BT-04, requieren proyecto. Por eso, en la práctica, la instalación fotovoltaica de más de 10 kW suele ir con proyecto y la de hasta 10 kW con memoria técnica. Esto puede cambiar si la instalación eléctrica receptora ya requiere proyecto por su tipo de local o su potencia, así que se confirma caso por caso.

¿Quién puede firmar la memoria técnica y quién el proyecto?

La memoria técnica de diseño la firma la empresa instaladora de la categoría correspondiente o un técnico titulado competente. El proyecto lo redacta y firma siempre un técnico titulado competente. El certificado de instalación lo emite la empresa instaladora.

¿Si amplío mi instalación puedo necesitar un proyecto?

Sí. Si la instalación no alcanzaba el límite de potencia pero lo supera con la ampliación, o si ya tenía proyecto y las ampliaciones superan el 50 % de la potencia prevista en él, la ITC-BT-04 exige proyecto. Lo explicamos en nuestra guía sobre ampliar una instalación fotovoltaica.

¿No sabes cuál necesita tu instalación?

Dinos la potencia, el tipo de local y tu comunidad autónoma. Te confirmamos qué documento hace falta y lo redactamos. Puedes ver nuestros servicios de ingeniería de detalle y de tramitación y legalización. Contacta con nosotros.

 Este artículo es orientativo; los modelos y requisitos concretos los fija cada comunidad autónoma.

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